Contra los OMG
En 1998 la Comisión Europea autorizó la comercialización del cuestionado MON 810, siendo Francia uno de los países que presentó una solicitud escrita a la empresa para comenzar dicha comercialización. Ahora, el país podrá tomar acción contra el cultivo de dichos organismos por comprobarse la afectación de su material genético en otros cultivos y plantas.
La liberación de organismos modificados genéticamente (OMG) en suelo Europeo está ligada a una normativa específica que explica cuáles son las reglas que se necesitan para poder cultivarlos.
El cultivo de los OMG está sujeto a una previa autorización y aceptación establecida por el gobierno del país interesado. La directiva 2001/18 establece, así mismo, mecanismos especiales para “modificar, suspender o terminar la liberación de OMG” en Europa.
Disposiciones legales
La normativa Europea estableció que “Los organismos vivos liberados en el medio ambiente en cantidades grandes o pequeñas, con fines experimentales o como productos comerciales, pueden reproducirse en el medio ambiente y atravesar fronteras nacionales, afectando por tanto a otros Estados miembros; los efectos de dichas liberaciones en el medio ambiente pueden ser irreversibles.”
Con el fin de controlar a dichos organismos, se hace necesario la realización de pruebas de campo cultivo en las de variedades de plantas OMG. La normativa pretende alcanzar un nivel elevado de protección de la vida y la salud humanas, procurando al mismo tiempo garantizar la libre circulación de los alimentos y piensos.
La comercialización en Europa de dichos organismos sólo puede hacer luego de cumplir estrictos controles establecidos y no puede hacerse de forma masiva sino gradual. Esto se basa en un principio de “paso a paso” luego de comprobarse que su cultivo no afecta la salud humana y el medio ambiente.
MON 810
El maíz MON 810, uno de los OMG más reconocidos mundialmente fabricados por la empresa norteamericana Monsanto, lucha por quedarse en suelo europeo desde su aprobación en 1998. A pesar de ser aceptado, son varios los países de la Unión Europea que han prohibido su producción y cultivo en sus suelos.
Hungría, Grecia, Alemania, Lxemburgo, Bugaria, Alemania y ahora Francia, le han declarado la guerra frontal al producto de la empresa norteamericana Monsanto. El Maíz es uno de los cultivos de estación más importantes y por ello es uno de los organismos derroteros de la empresa en el mundo entero.
El MON 810 es particularmente resistente a ciertos parásitos debido a la introducción en su código genético del plaguicida conocido como Glifosato (Roundup) un agroquímico capaz de matar ciertos organismos que impiden el desarrollo natural de las plantas. El glifosato es a su vez un poderoso herbicida empleado para combatir otras malezas.
Historia OMG
El 11 de julio de 2004, Monsanto Europe notificó el maíz MON 810 a la Comisión como «producto existente», pero no lo hizo con de conformidad al arreglo a la Directiva 2001/18, sino de acuerdo Reglamento Europeo (nº 1829/2003) sobre alimentos y piensos modificados genéticamente. Esto le permitió a la empresa comercializar el producto antes de la fecha de entrada en vigor de dicho Reglamento, que fue en 18 de abril de 2004.
El 4 de mayo de 2007, la empresa solicitó la renovación de la autorización para comercializar este OMG al amparo del mismo Reglamento. En concepto de medidas de emergencia, Francia adoptó una Orden, en 2007, por la que se suspendía en el territorio nacional la cesión y utilización de semillas de maíz MON 810 y otras dos Órdenes, en 2008, por las que se prohibía el cultivo de las semillas de maíz MON 810.
Un mes antes, en abril del mismo año, más exactamente el 27, la Comisión Europea había adoptado la decisión de retirar del mercado el MON 810. Con sorpresa por parte de la compañía quien junto con otras sociedades productoras de semillas se vio en la necesidad de interponer recursos legales ante el Conseil d’État (Consejo de Estado, Francia) para obtener la anulación de dichas medidas.
Batalla por contaminar
Al parecer, un OMG contamina otros organismos, inhibiendo sus procesos naturales, situación que ha hecho que particulares entablen procesos contra Monsanto y sus políticas de patentes, las cuales aseguran que si otro organismo posee parte del código genético de sus productos, estos pasan a ser de su propiedad.
El recurso interpuesto por Monsanto estimaba la revisión de si Francia podía adoptar medidas de emergencia sobre la base de la Directiva 2001/18, que permite la adopción de tales medidas por el Estado miembro por iniciativa propia y directamente, o de si, por el contrario, dichas medidas deberían haberse adoptado conforme a los Reglamentos 1829/2003 y 178/2002, que sólo permiten a los Estados miembros tomar medidas de emergencia si informan oficialmente a la Comisión de la necesidad de adoptarlas y si ésta no actúa en este sentido.
En este contexto, el Conseil d’État se dirigió al Tribunal de Justicia para obtener una aclaración sobre las normas aplicables a las medidas de emergencia a las que están sujetas las autorizaciones de comercialización de que disfrutan los OMG de que aquí se trata.
Emitiendo fallo
El Tribunal de Justicia observó que las respuestas que proporcionaron que Francia actuó de acuerdo a las normas y que está en el legítimo derecho de establecer la prohibición de la siembra y comercialización del MON 810 en su suelo.
Esto le permite al gobierno Francés adoptar las medidas de emergencia necesarias para aplicar la prohibición en pleno. Si bien este es un paso importante, debido a las características invasoras de los OMG, su presencia podría en tierras francesas por un largo período de tiempo, lo que podría traer consecuencias para quienes posean, en ocasiones sin saberlo, algún tipo de información genética proveniente del MON 810.
Para que el veto a Monsanto entre en vigor, Francia deberá cumplir con las pruebas necesarias para que se pueda verificar confirmar el fallo de la justicia europea. El tribunal en su fallo dijo que “el Estado en cuestión debe informar «inmediatamente» tanto a aquélla como a los demás Estados miembros del tenor de las medidas provisionales de protección que ha adoptado.” De igual manera que la “información debe presentarse a más tardar, en caso de emergencia, en el momento de la adopción de las medidas de emergencia por el Estado miembro de que se trate.”
Sin fin…
Pero la historia no termina. En Europa existen varios productos que son modificados genéticamente y el desarrollo tanto científico como tecnológico de dichos productos será el camino de las empresas para introducirlos en el mercado antes de ser prohibidos de nuevo.
Si bien en esto momento existen en Europa tan sólo 9 productos, en el mundo entero la tendencia de sembrar a los OMG sigue en aumento. La problemática sobre los OMG se acrecienta desde el momento en el cual son los alimentos básicos de naciones enteras los que se convierten en el objetivo de las empresas que se dedican a este negocio.
Algodón, Soja, Remolacha, arroz, son otros de los productos que tienen amplia distribución en Europa. Si bien unos han sido vetados, otros son aprobados recientemente, como lo fue la patata en 2010, que logró entrar en el mercado a pesar de dudas y críticas.
Decisión Europea
Producto
Comunicación Oficial
Decisión 2010/135/UE
patata EH92-527-1
[Diario Oficial L 53 de 4.3.2010];
Decisión 2009/244/CE
clavel 123.8.12
[Diario Oficial L 72 de 18.3.2009]
Decisión 2007/364/CE
clavel 123.2.38
[Diario Oficial L 138 de 30.5.2007]
Decisión 2007/232/CE
colza Ms8, Rf3 y Ms8xRf3
[Diario Oficial L 100 de 17.4.2007]
Decisión 2006/47/CE
maíz MON863 X MON810
[Diario Oficial L 26 de 31.1.2006]
Decisión 2005/772/CE
maíz 1507
[Diario Oficial L 291 de 5.11.2005]
Decisión 2005/635/CE
colza GT73
[Diario Oficial L 228 de 3.9.2005]
Decisión 2005/608/CE
maíz MON 863
[Diario Oficial L 207 de 10.8.2005]
Decisión 2004/643/CE
maíz NK603
[Diario Oficial L 295 de 18.9.2004]
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