La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tendrá que estar constituida en el plazo máximo de cuatro meses, según la ley por la que se crea y que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE). El nuevo órgano agrupará las funciones de la Comisión Nacional de Energía, del Mercado de las Telecomunicaciones, de la Competencia, del Sector Postal, de Regulación Económica Aeroportuaria, del Comité de Regulación Ferroviaria y del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales. En ese plazo máximo fijado deberá haberse producido además la extinción de los organismos cuyas funciones asume la nueva Comisión, la integración de los bienes sobrantes en el patrimonio de la Administración General del Estado y la adscripción de las plantillas de los entes que desaparecen en el nuevo o en la administración, según proceda.
De manera general, los Ministerios pasan a asumir todas aquellas tareas de índole administrativa que venían ejerciendo los organismos reguladores que ahora desaparecen.
Ello permitirá a la nueva Comisión concentrar su actuación en velar por un funcionamiento correcto de los mercados y la libre concurrencia.
Para garantizar la independencia de las decisiones de la Comisión se prevé que las resoluciones que adopte su Consejo, tanto en pleno como en salas, pongan fin a la vía administrativa, "siendo impugnables únicamente ante la jurisdicción contencioso-administrativo".
El control parlamentario de la comisión se efectuará a través de las comparecencias de su presidente ante el Congreso de los Diputados y como mínimo tendrán una periodicidad anual.
Fuente: agroinformación
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