En Los Montes de María y cuatro municipios de esa zona como San Onofre y Ovejas, en Sucre y San Jacinto y El Carmen de Bolívar, en Bolívar, hacen parte del proceso de consolidación de territorios.
Campesinos de los Montes de María que durante muchos años han ejercido propiedad sobre predios sin legalizar podrán sanearlos y adquirir sus títulos a partir de la Ley 1561 de 2012 o Ley de titulación de bienes inmuebles urbanos y rurales.
Lo anterior, en el marco de la política de Consolidación de Tierras que impulsa el Gobierno nacional y en donde cuatro municipios de los Montes de María, como San Onofre y Ovejas, en Sucre y San Jacinto y El Carmen de Bolívar, en Bolívar, hacen parte del proceso de consolidación de territorios.
La Ley 1561 de 2012, que entró en vigencia el 2 de enero del presente año, pretende sanear derechos y otorgar títulos de propiedad a campesinos y campesinas que han venido ejerciendo una determinada posesión sobre un predio por muchos años, a través de un proceso verbal especial.
El senador Carlos Eduardo Enríquez Maya, autor de la Ley, adelanta un trabajo de socialización de la misma en todo el territorio colombiano, estuvo en Sincelejo con el objetivo de impulsar la implementación de este procedimiento especial en zonas donde se presente un alto índice de informalidad en la tenencia de la tierra, como es el caso de varios municipios de Los Montes de María.
Implementan piloto
La política de Consolidación Montes de María a través de su programa Tierras viene implementando un piloto para la titulación de 93 lotes ubicados en la zona urbana del municipio de San Onofre, en el barrio Altos de Julio, que pretende otorgar la propiedad a 93 familias de estrato 1 y 2.
Según Elvira Utria, coordinadora de Tierras, de la estrategia Colombia Responde, la política de Consolidación de Los Montes de María tienen dispuesto llevar a cabo procesos de formalización enmarcados en esta Ley, para lo cual hay un estimado de 670 posibles demandas que fueron el resultado de un análisis y estudio del Histórico de Derechos sobre Tierras y Territorios Rurales que comprendió a los municipios de Ovejas, San Onofre, San Jacinto y El Carmen de Bolívar.
Estas demandas corresponderían a predios que reunirían los requisitos para tomar esta vía judicial. La Ley 1561 de 2012 representa un mecanismo mucho más corto para poder obtener un título de propiedad, ostentando la calidad jurídica de poseedor y/o sanear una falsa tradición.
“En el territorio, la gente se fue, retornó, está en sus fincas y ha tenido un vínculo con la tierra informal y se cataloga como poseedor, por lo que la Ley 1561 le da la oportunidad de legalizar su predio en un corto tiempo en un proceso especial ordinario, no es justicia transicional, mediante la cual los jueces civiles municipales en este caso son los encargados de atender estas demandas”, dijo Elvira Utria.
Explicó que muchas familias podrían acceder a este beneficio porque adicionalmente están en un área en donde podría invertirse en proyectos de vivienda.
También hay muchos casos de falsa tradición, que son aquellos en donde los títulos de propiedad han sido transmitidos de generación en generación, pero han presentado algún tipo de problema.
“Con los registradores de instrumentos Públicos de Sincelejo y Corozal estamos tratando de identificar cuántos predios se encuentran con falsas tradiciones en el caso de Sucre”, dijo Utria.
Explicó que los beneficios para los propietarios son muchos, ya que al tener un título formalizado a través de una sentencia judicial les están reconociendo que tienen un derecho sobre la tierra y enseguida su folio de matrícula.
“Estamos priorizando las zonas en donde estén potenciales proyectos de vivienda de interés social. Identificamos incluso 123 escuelas que están en la informalidad y que pueden aplicar esta Ley, porque la gente cedía el pedazo de terreno y nunca se invertía en la escuela porque no estaban legalizadas. Igualmente pozos artesanales, centros de salud, canchas deportivas, entre otros”, anotó.
Requisitos para aplicación de la Ley
La Ley 1561 de 2012 representa un mecanismo mucho más corto para poder obtener un título de propiedad, ostentando la calidad jurídica de poseedor y/o sanear una falsa tradición.
Según lo estimado por la Ley y para que se pueda dar la aplicación del proceso verbal especial se deben cumplir algunos requisitos como: los bienes inmuebles no deben ser imprescriptibles o de propiedad de las entidades de derecho público, conforme a los artículos 63, 72, 102 y 332 de la Constitución Política y, en general, bienes cuya posesión, ocupación o transferencia, según el caso, estén prohibidas o restringidas por normas constitucionales o legales y que el demandante posea o haya poseído materialmente el inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida, y por los términos establecidos en ésta Ley.
CONSOLIDACIÓN EN LOS MONTES DE MARIA
Los Montes de María es una de las, regiones que fueron dominadas por grupos armados ilegales y la economía ilícita. En ese marco desde el año 2009 se está implementando la estrategia Colombia Responde, en donde confluyen sectores, públicos, privados y comunitarios.
fuente eluniversal
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