El Tribunal Europeo de Justicia ha precisado los requisitos legales involucrados en el cultivo de productos modificados genéticamente en los países miembros.
Los jueces han confirmado que los procedimientos nacionales adicionales, además del ya existente proceso en toda la UE (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), son ilegales.
"El cultivo de organismos genéticamente modificados no pueden ser objeto de un procedimiento de autorización nacional en el uso y la comercialización de estas variedades están autorizados", dijo un portavoz de la Corte de Justicia.
"La legislación de la UE no autoriza a un Estado miembro a prohibir de forma general el cultivo en su territorio de tales organismos genéticamente modificados a la espera de la adopción de medidas de coexistencia para evitar la presencia accidental de organismos modificados genéticamente en otros cultivos."
El fallo se refiere a un caso italiano, pero también es de interés en relación con el reciente cultivo de patatas transgénicas en Irlanda.
La aprobación de este proyecto sigue un examen y evaluación detallado de la EPA de una notificación de Teagasc. La duración de la autorización será de cuatro años, desde 2012 hasta 2016 (inclusive), con post-proceso de control continuo hasta 2020. La plantación no será superior a dos hectáreas de superficie.
Fuente: farminglife.com
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