El despacho Cobo Serrano Abogados, de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), ha participado recientemente en el XIX Curso para Comunidades de Regantes, organizado en Madrid por Fenacore (Federación Nacional de las Comunidades de Regantes), donde ha explicado las últimas modificaciones en materia de Aguas y que afectan, muy directamente, a las Comunidades de Regantes, en especial referencia al Acuífero 23, haciendo hincapié en que dichas comunidades deberán reoganizarse en comunidad de usuarios. La encargada de exponer dichas modificaciones y lo que traen consigo fue la abogada del Bufete Cobo Serrano Abogados, Mª Teresa Reíllo, quien explicó que las Comunidades de Regantes, cuando estén declaradas las masas de agua en riesgo por el organismo de cuenca, deberán reorganizarse en el plazo de seis meses, debido a una serie de importantes cambios que marca la nueva regulación de aguas.
Teresa Reíllo explicó que “a partir de ahora, la unidad de gestión de las aguas subterráneas serán las masas de agua subterránea y todo lo que ello supondrá para las distintas Comunidades de Regantes, con especial atención al Acuífero 23”. En concreto la abogada de Cobo Serrano hizo especial hincapié en la nueva nomenclatura de “masas de agua subterránea”, ya que, la denominación de “Acuífero Sobreexplotado” ha sido modificada por “masas de agua en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico”.
A partir de este momento y desde esta nueva denominación, será el organismo de cuenca el encargado de establecer y declarar cuáles son las masas de agua en riesgo y, por ello, deberá constituirse una Comunidad de Usuarios por cada masa de agua en el plazo de seis meses desde que tenga lugar esa declaración.
“Es en este punto”, explicó Mª Teresa Reíllo, “cuando se puede dar una situación de conflicto, ya que hasta ahora las Comunidades de Regantes han tenido un ámbito prácticamente municipal, es decir, hay una Comunidad de Regantes casi por cada población. Con la nueva regulación y la obligatoriedad de constituir Comunidades de Usuarios, las Comunidades de Regantes deberán reorganizarse”.
Esto supone, en la zona del Alto Guadiana, realizar candidaturas para conseguir la representatividad y la gestión de la masa de agua entre las distintas Comunidades de Regantes, además de la sostenibilidad de las comunidades actuales y evitar la pérdida de empleos, entre otros aspectos.
Además, existen Comunidades de Regantes que comparten masas de agua y deben decidir cuál de ellas debe hacerse con la dirección y la gestión de la masa de agua en concreto. “Como ejemplo”, matizó Mª Teresa Reíllo “podemos poner el de la Comunidad de Regantes de Alcázar de San Juan, que está afectada por las masas de agua de la Mancha Occidental I, la Mancha Occidental II, la Masa Consuegra-Villacañas y también una pequeña parte de la Masa Lillo Quintanar”.
Todo esto se debe resolver en el plazo de seis meses desde que el organismo de cuenca declare las masas en riesgo, a lo que la abogada de Cobo Serrano explicó que “debemos esperar y confiar en que no se creen situaciones de conflicto y que se decida, por el bien de los usuarios, quiénes son los representantes más idóneos para constituir y representar a la nueva Comunidad con el fin de conseguir una eficaz gestión de las distintas masas de agua”.
fuente: agroinformacion
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