La Consejería de Agricultura ha establecido las condiciones para la quema de restos forestales y agrícolas en Castilla-La Mancha así como las condiciones que deben adoptarse para hacerlo, según la Orden que hoy publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM).
La Consejería de Agricultura explica que el objetivo de la resolución es "establecer las condiciones necesarias" para reducir la quema de restos vegetales de carácter agrícola y forestal en el medio natural.
Durante la época de peligro alto se prohíbe el fuego salvo en tareas de extinción de incendios forestales y en actuaciones de prevención, formación o investigación promovidas o dirigidas por este Servicio de Extinción de Incendios Forestales.
De forma excepcional, se faculta a los titulares de los servicios periféricos de la Consejería a autorizar la quema en casos de emergencia "debidamente justificados".
Fuera de la época de peligro alto, se prohíbe el empleo del fuego en los terrenos forestales o montes, aunque podrá ser autorizado de forma excepcional por la Consejería.
Fuente: laverdad.es
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