Las mejoras fiscales están causadas por el clima del año pasado y el precio de los piensos
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que introduce mejoras fiscales para los agricultores por adversidades climáticas y también para los ganaderos que han sufrido el incremento de los costes de los piensos. Esta bajada de impuestos está referida al año pasado, y por lo tanto no incluye las pérdidas que se hayan producido durante las riadas de comienzos de mes. Esas se deberán tener en cuenta el año que viene a la hora de hacer la declaración.
De esta forma, la Orden HAP/660/2013 de 22 de abril -en vigor desde ayer- reduce para el período impositivo 2012 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.
El índice de rendimiento neto es una cifra que se usa en las actividades agroganaderas para determinar cuántos impuestos se pagan. El índice concreto de cada actividad se multiplica por los ingresos totales y el resultado es el llamado rendimiento neto, que es la cantidad por la que hay que rendir cuentas al fisco.
El BOE detalla las zonas geográficas que pueden beneficiarse de la reducción y los índices de rendimiento neto aplicables por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas, un listado en el que figuran términos municipales de Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana, entre otros.
En el caso concreto de Extremadura, se citan todos los términos municipales de la región para el porcino de carne extensivo (índice de rendimiento neto de 0,06), porcino de cría extensivo (0,13), cereales (0,13), uva para vino sin denominación de origen (0,18), y uva para vino con denominación de origen (0,22). Para los términos Olivenza, Navalmoral, Trujillo, Badajoz, Don Benito y Mérida el índice para el cacahuete es de 0,05, y para estas tres últimas localidades se reduce también el del brócoli al 0,06.
El Reglamento del IRPF establece que, cuando el desarrollo de actividades económicas -a las que se aplica el método de estimación objetiva- se viera alterado «por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada», el Ministro de Economía y Hacienda podrá autorizar con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos.
A este respecto, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) emitió informe en el que confirma que durante 2012 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de esas mejoras fiscales.
Fuente: hoy.es
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