El DOE publica una resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria en la que se amplía hasta el 30 de junio la autorización de "actividades puntuales" de pastoreo ovino en las superficies acogidas a las ayudas a la forestación de tierras agrícolas en Extremadura.
Se trata de una medida que en principio terminaba el 31 de mayo y que se adopta para prevenir incendios forestales y eliminar la vegetación en competencia con la forestación.
Así, según ha informado en nota de prensa el Gobierno regional, se trata de una norma que permite el pastoreo "controlado, puntual y temporal" con ganado ovino, y sólo cuando se cumplan determinados requisitos.
Esta medida debe entenderse como una actividad "que contribuirá al desarrollo de las forestaciones ya consolidadas" en la comunidad autónoma.
Y es que, conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 11 de mayo de 2012, únicamente se autorizará el pastoreo en forestaciones "consolidadas", que tengan una densidad "acorde con la legislación que regula estas ayudas" y que posean un estado vegetativo "óptimo".
Cabe recordar que las forestaciones "consolidadas" son aquellas en las que han transcurrido diez o más años desde su implantación.
Cuando se trate de forestaciones con menos de una década (aunque siempre debe tener más de cinco años), la Dirección General de Política Agraria Comunitaria podrá autorizar el pastoreo controlado previo informe "favorable" del servicio de ayudas a la forestación y siempre que haya pastos "abundantes".
En principio, este pastoreo sólo podrá realizarse hasta el 30 de junio, y entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Fuente: europapress
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