La nueva reglamentación comenzó a regir el 1 de enero de 2014.
A partir del 01 de enero de 2014, la autoridad sanitaria de Corea aplicará un nuevo criterio para los productos orgánicos importados, los cuales deberán contar con certificación orgánica, conforme a las disposiciones que emanan de la Ley: Environment-friendly Agriculture Promotion Act.
La certificación, según las disposiciones de la normativa, se pueden resumir como sigue:
a) Certificación directa de la Autoridad Sanitaria de Corea QIA. La empresa interesada debe solicitar a QIA que inspectores viajen al país de origen y certifiquen el producto en cuestión.
b) Certificación de la Autoridad Sanitaria del país de origen que cuente con reconocimiento mutuo equivalente con QIA. En el caso de Chile, SAG y QIA no cuentan con reconocimiento mutuo equivalente en materia de certificación orgánica según los nuevos estándares. El gobierno coreano recibirá las solicitudes a partir del 01 de enero 2014, fecha que coincide con entrada en vigencia de la nueva normativa de importación.
c) Certificación indirecta por organismos privados. Certificadores privados aprobados por la autoridad coreana. En Chile, BCS Chile y Doalnara de origen coreano. El costo de certificación es de cargo de la empresa interesada y durante el tiempo que demore en obtener la certificación, no podrá exportar sus productos orgánicos a Corea.
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