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AGRO 2.0 ARGENTINA Empiezan las multas a los comercios veterinarios que no estén habilitados


Tras una reunión entre los representantes de todos los sectores involucrados, se resolvió avanzar en la inspección de los locales radicados en la provincia de Buenos Aires.
A fines de abril se llevó adelante una nueva reunión para evaluar el estado de situación actual de los comercios veterinarios radicados en la provincia de Buenos Aires en cuanto a la obligatoriedad de estar habilitados frente al Ministerio de Asuntos Agrarios provincial para comercializar productos zooterápicos.
Participaron representantes del MAA, el Senasa, el Colegio de Médicos Veterinarios local, los laboratorios (Caprove y Clamevet) y los distribuidores (Cadisvet).
Los dueños de las veterinarias pueden ingresar en www.maa.gba.gov.ar y descargar desde allí los requisitos a cumplir, los cuales no son en absoluto complejos. El pre registro “on line” puede realizarse en www.cvpba.org.
“Aquella veterinaria que no esté habilitada al 31 de marzo de 2013 no podrá adquirir, ni comercializar productos por el riesgo que no exista un profesional a cargo. Debemos asumir las responsabilidades que nos competen”. Esta fue una de las declaraciones realizadas a este Periódico MOTIVAR por Juan Cruz, subsecretario de Calidad Agroalimentaria y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales, del Ministerio de Asuntos Agrarios bonaerense, en 2012.
Recordemos que ese mismo año y mediante inspecciones realizadas, se detectó la comercialización de zooterápicos por parte de locales que no cumplían con la normativa. Ante esa situación fueron sancionados tanto los comercios, como los laboratorios y las distribuidoras que les habían vendido productos.
La situación desencadenó en un primer encuentro entre representantes de la cadena, en el cual se decidió trabajar de manera conjunta, estableciendo un plazo durante el cual no se sancionaría a los proveedores ante procedimientos y se avanzaría en un registro “on line” de veterinarias a través de la página Web del Colegio bonaerense.
A partir de esa reunión se estableció que los locales veterinarios, aún sin disponer de la habilitación del Ministerio, podían comercializar sin problemas habiendo realizado un pre registro en la página Web del Colegio profesional (www.cvpba.org), no obstante la obligatoriedad impuesta por la ley

Fuente: Motivar

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