REDUCCIONES POR EL USO DE ELECTRICIDAD PARA EL RIEGO
Asimismo, la Orden HAP/2222/2014 introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.
Esta medida fue acordada por el Gobierno, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas del verano de 2013. Con estas medidas se da cumplimiento al compromiso del Gobierno al equiparar al colectivo regante con el resto de los sectores económicos, en lo que se refiere a impacto de la subida de los costes eléctricos.
Al mismo tiempo, destacar que esta orden establece en su disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2015. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.
Fuente: Ministerio de Agricultura
Etiquetas:
© 2024 Creado por AGRO 2.0. Tecnología de